En la reunión mantenida entre la Intersindical Docente, de la cual el SADOP es miembro, se llegó al acuerdo de analizar conjuntamente con el CGE situación de las licencias especiales
Para esto se presentara un proyecto de Ley proponiendo la incorporación al Decreto 542/83 de un artículo que solucionaría numerosos planteos de compañeros que se acercan al gremio, manifestando su malestar y desamparo, al encontrarse en situaciones límites porque han agotado las licencias y modificatorias cuando persiste la necesidad de continuar con dicho beneficio, al no contar con alta médica que permita el reingreso a sus labores cotidianas. El tema será tratado este miércoles desde la 8 con el titular del Consejo General de Educación, Adolfo Safrán y los gremios constituidos en la Intersindical Docente.
“Consideramos que sería un acto de estricta justicia la incorporación como derecho del docente la concesión de licencia especial o extraordinaria ante situaciones no previstas o cuando las previstas se hayan agotado y que encuadren en la normativa prevista en el Decreto del PEP 151/12”, dicen los gremios en la nota presentada.
Ademàs “existen docentes que se encuentran tramitando licencia especial, adjuntando para ello todos los estudios que acrediten la necesidad de las mismas, y que encuadran dentro de las previsiones establecidas en el Decreto 151/12, e inclusive en sus expedientes obran dictámenes favorables de protección de la salud docente y control laboral en cuanto a la procedencia del pedido, obviamente por la patología y cuadro clínico que presentan, por lo que consideramos y sustentamos la viabilidad de la incorporación como derecho del docente”.
En igual sentido, se afirma la existencia de casos de licencia especial por atención a un familiar y que el Decreto 151/12 lo contempla y autoriza su uso y estarían en condiciones de acceder a la misma, siempre que reúnan las condiciones requeridas por la autoridad medica laboral.
Preocupa al SADOP también el hecho que habiendo docentes que iniciado sus trámites jubilatorios por haber cumplido los requisitos establecidos en la ley previsional, ven obstaculizado sus derechos de acceder al beneficio jubilatorio, por cuestiones no imputables al administrado, lo que se agrava si el colega se encuentra con una patología que implique el uso de licencia médica, y ya no cuenta con margen de días plazos para su uso.
“Las situaciones aquí planteadas no son de carácter taxativos sino meramente enunciativo y nuestro sistema educativo merece un tratamiento especial, como especial es el régimen en el que se desarrolla la actividad docente, por ello y en consonancia con nuestro estilo de gestión de anteponer el dialogo y el entendimiento por ante las meras denuncias, es que solicitamos se avoque al estudio de la presente y si lo considera oportuno y conveniente se incorpore como derecho del docente al plexo normativo que regula la actividad del sector”, indican en parte de la nota enviada.